
CRC Santa Pola
Centro colaborador de la DGT :A-0044
Centro autorizado por la Jefatura provincial de Tráfico de Alicante.

Calle Almirante Antequera Nº2 1º Piso (SANTA POLA)
Tel: +34 965414997

Reconocimiento de Conductores

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Obtención del carnet de conducir
Para la obtención de cualquier permiso de conducir es necesaria la realización de una reconocimiento médico previo a la realización de las pruebas.
Existen diferentes tipos de permiso según la actividad a realiza.
Con el reconocimiento médico pasado y las pruebas realizas, puedes obtener el permiso de conducir sin necesidad de ir a la jefatura de tráfico. Tienes los detalles aquí.
¿En que consiste el reconocimiento médico?
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Evaluación psicológica
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Prueba de coordinación visomotriz
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Prueba de agudeza visual
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Exploración física
¿Qué obtengo?
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Informe médico necesario para obtener el permiso de conducir
¿Qué necesito?
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DNI o NIE
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NO NECESITA FOTO
Canje del carnet de conducir
El certificado médico y psicotécnico para el canje es uno de los requisitos que solicita la DGT para convalidar su permiso de conducir de su país de origen con el español.
Los nacionales de los siguientes países están obligados a realizar el certificado médico para tramitar el canje:
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Argelia
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Argentina
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Bolivia
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Brasil
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Chile
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Colombia
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Croacia
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Ecuador
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Filipinas
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Perú
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Japón
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Marruecos
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Paraguay
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Rep. Dominicana
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Uruguay
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Venezuela
El art. 15.4 del Real Decreto 818/2009 del 8 de mayo por el que se aprueba el reglamento general de conductores obliga a todo conductor con residencia en España y que haya obtenido la nacionalidad en los últimos dos años a renovar su permiso de conducir extranjero aunque este no haya vencido.
A partir del 19 de enero del 2015, esta ley también se aplica a los residentes en España con permiso de conducir de Alemania, Francia e Inglaterra. Ello también estarán obligados a realizar el canje aunque sus permisos no estén vencidos.
Los nacionales de Rumanía, Italia y Portugal no estarán obligados a realizar los certificados médicos para efectuar el canje, excepto si su carné de conducir esta vencido o le quedan tres meses para ello.
Canje: solo tiene que traernos su DNI ó NIE en vigor.
Nota: recomendamos que tenga cita previa con la DGT antes de la realización del certificado médico, porque este vencerá a los 90 días de su emisión.